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El Juez y la perspectiva de género.

por Mtra. Ángeles Camacho
01-07-2026

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Mtra. Ma de los Angeles Camacho Trejo Luna.

Cada vez es más común escuchar que un juez resolvió un caso "con perspectiva de género". Para algunas personas esto significa que la justicia favorece automáticamente a las mujeres. Para otras, representa un avance en la protección de los derechos humanos. Pero ¿qué significa realmente?

La respuesta es mucho más sencilla de lo que parece.

Juzgar con perspectiva de género no significa inclinar la balanza a favor de una persona por ser mujer, sino reconocer que existen situaciones de desigualdad que pueden influir en la forma en que ocurre un delito, en la manera en que actúa una víctima y hasta en la valoración de las pruebas.

Imaginemos un caso de violencia familiar. Muchas personas se preguntan: "Si realmente era víctima, ¿por qué no denunció antes?" o "¿Por qué siguió viviendo con su agresor?"

Durante muchos años estas preguntas fueron utilizadas para poner en duda la credibilidad de las víctimas. Hoy sabemos que la realidad es mucho más compleja. El miedo, la dependencia económica, la manipulación emocional, las amenazas contra los hijos o el llamado ciclo de la violencia explican por qué muchas personas permanecen en relaciones violentas.

Por ello, un juez que aplica la perspectiva de género no parte de prejuicios, sino de un análisis objetivo del contexto, mismo que implica, considerar las desigualdades estructurales que históricamente han afectado a las mujeres y a otras personas en situación de vulnerabilidad, garantizando una aplicación más justa y efectiva de la ley penal.

 

Lo mismo ocurre durante un juicio oral. Cuando una víctima declara, el tribunal no debe permitir preguntas que busquen desacreditarla por su forma de vestir, su vida privada o por no haber denunciado inmediatamente, si esos aspectos no tienen relación con los hechos investigados. La finalidad es evitar que el proceso se convierta en una nueva forma de violencia.

También es importante distinguir entre sexo y género. El sexo corresponde a las características biológicas con las que nace una persona. El género, en cambio, se refiere a los roles, expectativas y estereotipos que la sociedad ha construido alrededor de hombres y mujeres. Esta diferencia es esencial porque muchos delitos, como el feminicidio, la violencia familiar o los delitos sexuales, no pueden comprenderse únicamente desde una perspectiva biológica, sino a partir de las relaciones de poder y discriminación que existen en determinados contextos.

En México, juzgar con perspectiva de género no es una decisión opcional de los jueces. Es una obligación constitucional y forma parte de los compromisos internacionales asumidos por el Estado para garantizar el acceso efectivo a la justicia y la igualdad ante la ley.

Sin embargo, es importante aclarar un aspecto fundamental: la perspectiva de género no elimina la presunción de inocencia, no sustituye las pruebas ni permite condenar sin evidencia suficiente. Los jueces continúan obligados a valorar todas las pruebas conforme a la ley y únicamente pueden emitir una sentencia condenatoria cuando la responsabilidad penal ha quedado plenamente acreditada.

En otras palabras, la perspectiva de género no cambia las reglas del Derecho Penal; cambia la manera en que se evita que los prejuicios influyan en la impartición de justicia.

Una justicia verdaderamente imparcial no consiste en tratar a todas las personas exactamente igual cuando sus circunstancias son diferentes. Consiste en reconocer esas diferencias para garantizar que todas tengan las mismas oportunidades de acceder a una decisión justa.

Al final, juzgar con perspectiva de género no significa otorgar privilegios. Significa impartir justicia libre de estereotipos, respetando la dignidad humana y protegiendo los derechos de todas las personas.