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Chile y su proceso constituyente

por Raúl Contreras
26-09-2022

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La doctrina del Constitucionalismo enseña que la organización del Estado requiere de una estructura, de un andamiaje que suele expresarse en términos jurídicos en un conjunto de normas que pueden condensarse en uno o varios documentos —e inclusive estar o no escritas— que se conoce con el nombre de Constitución.

Un rasgo que distingue a las constituciones es que surgen en momentos excepcionales en la vida de las naciones. En muchos casos son resultado de movimientos revolucionarios que buscan un cambio de régimen que culminan en la materialización del texto de una nueva Carta Magna.

La complejidad de los procesos constituyentes hace de estos fenómenos algo poco usual, pues se busca que toda Carta Fundamental perdure y permanezca en el tiempo, pues su uso reiterado dota de validez y unidad a todo el sistema normativo de un país. 

Lo anterior viene al caso, en razón del reciente proceso constituyente que Chile acaba de transitar y que, aunque inacabado, nos deja valiosas lecciones.

El proceso constituyente en esa nación hermana arrancó en octubre del 2019, después de las revueltas sociales que tenían como causa la demanda popular por servicios públicos de calidad y el malestar generalizado de la población por una ola de violencia que marcaba al país.

La salida institucional que Chile encontró para la crisis política y social que vivía fue la firma del Acuerdo por la Paz Social y la Nueva Constitución, para analizar reemplazar su actual Carta Magna —la cual data de 1980, creada durante la dictadura de Augusto Pinochet—, que ha sido reformada en múltiples ocasiones.

En octubre de 2020 se llevó a cabo un plebiscito, mediante el cual los electores chilenos decidieron reemplazar la Constitución vigente y rechazaron la opción de que lo hicieran los legisladores en funciones, determinando que fuera mejor realizarlo un órgano constituyente.  

El Congreso Constituyente fue integrado por 155 legisladores electos exprofeso —con una tendencia marcada de izquierda—, que después de más de un año de trabajo entregó una propuesta de texto constitucional que consta de 388 artículos y 54 numerales transitorios. 

La propuesta de Constitución fue sometida a un nuevo plebiscito que se celebró el 4 de septiembre pasado y dio como resultado un rechazo por casi 62% de los ciudadanos que votó en contra. Es decir, el órgano redactor perdió el respaldo popular.

Las razones aparentes son que la propuesta pretendía una transformación demasiado profunda de la estructura institucional chilena. Entre los grandes cambios propuestos estaba, por ejemplo, definir a Chile como Estado plurinacional e intercultural, reconociendo a 11 pueblos. El texto de la Constitución actual no menciona a los pueblos originarios chilenos.

El proyecto pretendía asegurar las condiciones para el embarazo y la interrupción voluntaria del mismo. El texto vigente protege en forma explícita “la vida del que está por nacer”.

La configuración de un texto constitucional demasiado extenso buscaba también que el Estado proveyera bienes y servicios para asegurar los derechos de las personas. Todo en su carácter de “Estado social y democrático de derecho”, como reacción en contra de la intervención de actores privados en servicios tales como educación, salud y pensiones.

El rechazo a la nueva Constitución fue de inmediato aceptado por el recién electo presidente Gabriel Boric, quien señaló que recogía con humildad el mensaje popular y lo hacía propio, porque “hay que escuchar la voz del pueblo”. Y se comprometió a impulsar un nuevo proceso constituyente.

Como Corolario, la frase del jurista alemán Peter Häberle: “La Constitución es la única norma que es de todos y para todos”.